Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, Son.- Dos tribunales federales negaron un amparo solicitado por Miguel Padrés Elías, hermano del ex Gobernador Guillermo Padrés Elías, con el fin de que le “desbloquearan” cuentas bancarias congeladas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
En el primero de los fallos la Jueza Tercera de Distrito de Sonora, Lorena Cañez Holguín, negó la protección de la justicia federal en una resolución dictada el 28 de octubre del 2024.
En esa fecha, de acuerdo con el expediente número 688/2024, el tribunal consideró que la petición de Padrés Elías se hizo extemporánea.
En su fallo la Jueza consideró que el empresario sonorense no atendió a tiempo una respuesta que hizo la UIF a su solicitud de información sobre las razones por las que había “congelado” sus cuentas.
“…El 20 de junio (del 2024) causó ejecutoria la resolución y se solicitó cumplimiento a la Directora General de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)…quien dio respuesta a la petición del quejoso (en este caso Miguel Padrés) en el sentido de informarle los actos, motivos y justificaciones que esa Unidad de Inteligencia Financiera adoptó para restringir los servicios bancarios”, refiere la Jueza.
Sin embargo, Padrés Elías no contestó nada a ello:
“Transcurrido el término sin que realizara manifestación alguna al respecto, mediante acuerdo de 18 de agosto de 2023 se declaró cumplido el fallo protector y se otorgaron los 15 días que prevé el artículo 202 de la Ley de amparo para interponer el recurso…”, precisó en su resolución.
Ante ello el fallo agregó que, si el juicio iniciado por el hermano del ex Gobernador se inició el 20 de febrero de 2024, entonces resulta extemporáneo, y condujo a la declaración de sobreseimiento.
En su sentencia final la Jueza declaró que no era procedente entonces la solicitud de Padrés Elías pedido contra actos del titular de la UIF.
Debido a ello Miguel Padrés solicitó que el amparo fuera revisado.
El caso entonces fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, donde fue radicado bajo el número de expediente 318/2024.
Este se inició el 29 de mayo del 2024 y turnado el 10 de junio del mismo año al secretario de ese tribunal en funciones de magistrado, Víctor Adolfo Hernández Álvarez, para su análisis.
Tras ser revisado el Tribunal determinó que el caso no tenía materia y lo desechó este 3 de marzo del 2025.
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El caso
+ Demandante: Miguel Padrés Elías.
+ Demandado: Unidad de Inteligencia Financiera.
+ Tribunal: Juzgado Tercero de Distrito.
+ Titular: Lorena Cañez Holguín.
+ Número de expediente: 688/2024.
+ Inicio del juicio: 20 de febrero del 2024.
+ Acto reclamado. Bloqueo de cuentas bancarias por la UIF.
+ Primer fallo relevante: El 28 de octubre del 2024 el Juzgado Tercero de Distrito negó un amparo solicitado por Padres Elías al considerar que se hizo una promoción de manera extemporánea.
+ Segundo fallo relevante. El 3 de marzo del 2025, luego de revisar el caso el Segundo Tribunal Colegiado en Materias penal y Administrativa declaró sin materia el caso con lo cual confirmó el fallo dictado por el Juzgado de Distrito Tercero.
Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.