REFORMA A LEYES CONSTITUYEN UN RIESGO PARA LIBERTAD DE EXPRESIÓN: ARTÍCULO 19

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REFORMA A LEYES CONSTITUYEN UN RIESGO PARA LIBERTAD DE EXPRESIÓN: ARTÍCULO 19

Por Juan Carlos Cortés/Foto: Miguel Dimayuga

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, aprobadas por la mayoría de Morena en la Cámara de Diputados y el Senado, respectivamente, constituyen un riesgo para la libertad de expresión en México, advirtió Artículo 19.

La organización internacional para la defensa de la libertad de prensa consideró que las reformas “criminalizan” la libertad de expresión con sanciones penales ambiguas y carentes de salvaguardas, lo que no tiene cabida en una sociedad democrática.

En entrevista con Proceso, Marco Clavel Alessio, coordinador legal de Ecosistema Informativo y Tecnología de Artículo 19, resaltó que los cambios a la legislación tendrán un efecto inhibitorio en los medios de comunicación.

Para Clavel Alessio las reformas hacen un mal uso de tipos penales porque están redactados de forma ambigua, en perjuicio del periodismo y el debate público, pues consideran conductas ilícitas sin establecer claramente cuál sería el ilícito.

Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicó que la reforma a la Ley de Protección a la Propiedad Industrial, que se refiere al lucro que se puede obtener afectando la imagen reputacional de una persona o de una institución, genera una situación delicada cuando se trata de periodismo, porque en ocasiones el periodismo no se hace con un fin de lucro, pero sí tiene consecuencias en terceros.

Señaló que el ejercicio periodístico, particularmente el de investigación, puede tener consecuencias económicas o reputacionales para las personas, empresas o gobierno sobre el que se informe. Aun y cuando su finalidad sea exclusivamente informar sobre asuntos de interés público.

“Un periodista publica una investigación de irregularidades sobre una institución pública y utiliza su logotipo o documentos oficiales para contextualizar. La publicación podría afectar la reputación de funcionarios, generar cuestionamientos públicos o incluso tener consecuencias económicas para la institución.

“Eso sería un impacto económico sobre intereses de terceros y sobre de esto, un impacto económico o reputacional no debe de confundirse con una conducta delictiva”, indicó Clavel Alessio.

La ambigüedad radica también en que la redacción tampoco establece qué tipo de conductas deben considerarse ilícitas: “No está claro la palabra ilícito y esto también es problemático, porque cualquier tipo de sanción penal tiene que estar clara en qué conducta tienes que hacer y qué no tienes que hacer”.

“Aparte, si todo esto no fuera suficientemente engorroso, te están diciendo en el Código Penal que se van a perseguir de oficio y que se va a presumir que son dolosas, es decir, que existe la intención de hacer daño”.

El coordinador legal en materia informativa y tecnología del capítulo México de Artículo 19, organización que tiene su sede en Londres, no duda en que estos preceptos se convierten en una “herramienta de persecución, porque cuando hay periodismo hay afectación de derechos de terceros”.

Subrayó que los legisladores oficialistas, que aún deben votar las reformas en ambas cámaras, deben establecer en la redacción de las reformas una cláusula de exclusión.

“Debieron poner una cláusula de exclusión de responsabilidad para dejar claro que esa disposición no va a aplicar a periodismo, crítica, sátira, parodia, que bajo ninguna circunstancia va a ser usada esa disposición para mermar la libertad de expresión.

“De ahí sale lo de la ley antimemes, porque estaban diciendo que si había cierta caricaturización de logos gubernamentales, podía haber algún tipo de afectación. Esto pues es improbable, pero sería posible, y más como están operando las fiscalías y los casos que se han documentado de mal uso de tipos penales redactados de forma ambigua en perjuicio del periodismo. Esto tiene afectaciones muy concretas como efecto inhibitorio”, detalló.

Marco Clavel afirmó que eso afecta a periodistas, ya que por miedo a que abran una carpeta de investigación en su contra dejen de estar cubriendo, o en el caso de los caricaturistas como críticos ya no se sentirán cómodos usando logotipos gubernamentales.

“La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial afectaría la crítica en el sentido de que a la gente le daría miedo. Porque no tiene que acabar alguien en la cárcel, sólo tiene que haber una ley suficientemente mal redactada y tal vez una que otra carpeta de investigación abierta para que a todo el mundo le empiece a dar miedo”, dijo.

Ley de Derechos de Autor

Respecto a la Ley de Derechos de Autor, argumentó que cuando alguien denuncia un contenido de derecho de autor las empresas de internet tienen la facultad de quitar el contenido, pero si se demuestra que no se violó ninguna ley el contenido tarda en regresar, perdiendo relevancia.

Estimó que las plataformas digitales podrían mover mucho contenido “y se va empobrecer el discurso público”, ya que la reforma debilita la libertad de expresión y deja al periodismo en condiciones muy complicadas.

“Es problemático, porque al momento en que tú subes contenido a redes sociales, vamos a suponer que en tu reportaje se escucha un cantante y meten la denuncia, quitan tu reportaje y tienes que acreditar que estás usando estándares de uso justo.

Senado. Mayoría oficialista aprobó las reformas. — Foto: Montserrat López.

“Esto es particularmente útil para censurar y remover contenido, y el momento en que el contenido regresa, porque efectivamente no estabas violando ningún tipo de ley, pues ya no es relevante tu noticia.

“Lograron el cometido de ‘callarte’ en cierto periodo como mecanismo de contención. Convenientemente son muy rápidos los mecanismos de retiro, pero los de reposición son mucho más tardados”, explicó.

Clavel Alessio puntualizó que la reforma añade una responsabilidad a los proveedores, ya que con esto condicionan el acceso a “infractores reincidentes”, pues en otras ocasiones retiraban contenido por estar infringiendo derechos de autor y cancelaban la cuenta, ahora lo que están proponiendo es que ya no se les va a prestar el servicio.

T-MEC

Marco Clavel explicó que los legisladores oficialistas metieron en las reformas el concepto de escala comercial para intentar igualar la ley a lo que dice el T-MEC.

Pero explicó que el tratado no dice nada sobre la identidad gráfica gubernamental como lo establece la reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

“¿Por qué están homologando un tratado o una disposición de fraude sobre logos de gobierno con un tratado que no considera eso porque es meramente comercial? Entonces ya desde ahí hay una bandera roja.

“En el tema de propiedad industrial se colgaron del T-MEC, desnaturalizaron lo que esté en el tratado y lo acoplaron a esta reforma que deja mucho que desear por todos los vicios en su contenido”, detalló.

La aprobación

Las dos leyes están por aprobarse en el Congreso, ya que en el Senado se avaló la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que se discutirá esta semana en la Cámara de Diputados.

La reforma fija en el artículo 403 Bis que se impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o cualquier documento de carácter oficial perteneciente a cualquier institución pública de los tres órdenes de gobierno.

Conocida como “ley antisátira”, fija la sanción cuando se busque inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito sobre el origen oficial de un documento, plataforma, servicio, sistema comunicación, informático o cualquier otra actuación atribuible a una institución pública, a través de cualquier medio.

Sin embargo, la reforma no precisa en la redacción que se exenta a medios de comunicación o comunicadores que realicen memes o hagan sátira política.

A su vez, la Ley Federal del Derecho de Autor, conocida como “ley antimemes”, se aprobó en la Cámara de Diputados y se discutirá también esta semana en el Senado.

La reforma establece que los proveedores de internet serán responsables de los daños y perjuicios a los titulares de derechos de autor cuando sus usuarios publiquen contenido infractor.

La reforma obliga a los proveedores a tener una política para terminar el servicio a usuarios considerados “infractores reincidentes” y fija multas de hasta 4.6 millones de pesos cuando los proveedores de internet no retiren contenidos sin autorización como obras, imágenes, voces, videogramas o fonogramas modificados o alterados sin autorización mediante inteligencia artificial (IA).

TOMADO DE PROCESO.COM.MX